Invalida la SCJN la primera parte del ‘plan B’ electoral

Por violaciones graves al proceso legislativo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la primera parte del plan B de reforma electoral, que incluye las modificaciones a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas promulgadas el 27 de diciembre del año pasado.

El ministro Alberto Pérez Dayán, ponente en este asunto, explicó que a la iniciativa para esta reforma se le dio trato de urgente y obvia resolución, sin que hubiera justificación alguna para hacerlo.

Con esta condición, afirmó, se permitió que se analizara en comisiones de forma separada y se llevara a votar en el pleno sin publicar debidamente la iniciativa en el Diario de los Debates, lo cual violó las condiciones de libertad e igualdad para la deliberación.

“Un trámite de urgencia se caracteriza por su expeditez, por tener procedimientos abreviados y conceder dispensas a la lectura de diversos documentos; sin embargo, ello no lleva a aceptar también el desconocimiento y falta de información de la materia de aquello cuyo trámite se dispensa. No es un permiso para aprobar leyes a tientas”, sostuvo.

Los ministros que votaron a favor del proyecto fueron: Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Luis María Aguilar Morales, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y Norma Lucía Piña Hernández.

La ministra Ríos Farjat señaló que esta decisión no supone un fallo de la SCJN sobre si la reforma es acorde o no a la Constitución.

“Invalidar un proceso legislativo no prejuzga sobre las normas de ahí emanadas. Siempre existe la posibilidad de que esas normas contengan cuestiones positivas para el orden jurídico, que entrañen ajustes importantes y necesarios para mejorar las instituciones de la Unión y la armonía de nuestra sociedad. Así que la invalidez de un proceso legislativo no entraña juicios respecto a los méritos constitucionales de las normas que emanaron de ese proceso”, expuso Ríos Farjat.

Faltó deliberar

La ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, también votó con la mayoría, pues dijo que es preciso proteger el proceso democrático en el Poder Legislativo.

“Nuestro país es una democracia constitucional, uno de sus principios fundamentales es que las decisiones deben ser tomadas mediante procedimientos democráticos de tipo deliberativo. ¿Qué implica esto?: que las decisiones deben adoptarse mediante la regla de la mayoría, una vez que se ha deliberado el tiempo suficiente a partir de la información relevante, habiendo escuchado en igualdad de condiciones a todas las fuerzas políticas con representación. Detrás de la deliberación parlamentaria está la salvaguardia de la expresión de las minorías”, indicó Piña Hernández.

Las únicas ministras que votaron en contra de la propuesta de Pérez Dayán fueron Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, quienes afirmaron que no existieron todas las violaciones al proceso legislativo que señala el proyecto.

Coincidieron también en que la SCJN no puede invadir las facultades del Poder Legislativo e invalidar una norma que fue aprobada por la mayoría.

“Respecto a la supuesta transgresión al principio de deliberación democrática por un cúmulo de irregularidades, difiero de la propuesta, pues, como lo he expresado –en mi opinión–, no se actualiza una violación al proceso al no afectarse la participación de todas las fuerzas políticas, las reglas de votación ni la publicidad de la deliberación parlamentaria”, manifestó Ortiz Ahlf en su oportunidad.

Los efectos de esta decisión incluyen que rumbo al proceso electoral de 2024 los gobiernos municipales y estatales no tendrán restricciones en su gasto de publicidad y propaganda, y los servidores públicos serán acotados en su derecho a expresar libremente sus opiniones políticas durante el periodo de veda.

Cabe señalar que, al comenzar la sesión, se dio a conocer que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) interpuso un incidente de recusación por impedimento, en busca de que el ministro Pérez Dayán fuera inhabilitado para participar en la discusión y votación de este asunto.

Argumentaba que, al haber filtrado su proyecto de sentencia a un portal de noticias, antes de darlo a conocer al resto de los ministros y a la propia CJEF, el ministro habría incurrido en una falta administrativa que lo inhabilitaba.

Pérez Dayán rechazó que existiera tal impedimento, el asunto fue puesto a votación y por unanimidad el pleno le dio la razón, desechando la impugnación de la CJEF.

Por la noche, el coordinador de Movimiento Ciudadano en el Senado, Clemente Castañeda, informó que la Corte ya les notificó sobre su “histórica decisión” de “declarar inconstitucional” la primera parte del plan B. En su cuenta de Twitter, mostró dos páginas del oficio recibido en la Cámara de Senadores a las 17:40 horas.

Crédito La Jornada

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